DERECHO DE SUFRAGIO DE EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS RESIDENTES EN ESPAÑA

EL FORO DE LA CONVIVENCIA INFORMA SOBRE EL DERECHO DE SUFRAGIO DE EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS RESIDENTES EN ESPAÑA


El Foro de la Convivencia de Leganés, es un espacio de reflexión y debate de la ciudadania de Leganés, representada por asociaciones y entidades sociales de todos los ámbitos, que venimos trabajando desde el año 2009 en la evaluación y diseño del II PLAN MUNICIPAL DE CIUDADANIA Y CONVIVENCIA INTERCULTURAL del Ayuntamiento de Leganes, y con motivo de la celebración de las próximas elecciones municipales en Mayo del 2011 queremos informar a los vecinos y vecinas de origen extranjero de la posibilidad de ejercer su derecho al voto, conforme a los acuerdos de reciprocidad podrán participar los ciudadanos nacionales de CHILE, COLOMBIA, ECUADOR, NORUEGA, NUEVA ZELANDA, PARAGUAY y PERU. También podrán votar las personas nacionalizadas y los que provienen de RUMANIA Y BULGARIA como el resto de los países del espacio europeo deberán igualmente inscripción.



Creemos que el ejercicio de la ciudadania pasa por ejercer los derechos y cumplir las obligaciones, y en este momento el derecho a votar en las elecciones municipales es una oportunidad para hacer oír la voz de aquellas personas que han elegido nuestra ciudad para vivir, y que están interesadas en mejorar la gestión municipal y la calidad de vida de sus habitantes.



"Aquí vivo, Aquí voto” participa en la vida social, cultural y política de tu municipio, inscríbete en el censo electoral y ejerce tu derecho al voto.



Para su ejercicio es indispensable la inscripción en el Censo Electoral

• REQUISITOS:

1. Ser mayor de dieciocho años y no estar privado del derecho de sufragio activo.

2. Estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes.

3. Estar en posesión de la correspondiente autorización de residencia en España.

4. Haber residido en España, legal e ininterrumpidamente el tiempo exigido en el Acuerdo firmado con España por cada uno de los países (cinco años en el momento de la solicitud o tres años el día de la votación para los nacionales de Noruega)

5. Cumplir los demás requisitos que estén establecidos en el correspondiente Acuerdo.

- Bastará con tu Tarjeta de identidad de extranjero, debiéndose adjuntar fotocopia de la misma, excepto los ciudadanos noruegos que podrán acreditar su identidad también con el Documento nacional de identidad o Pasaporte de su país de origen.

- El tiempo de residencia legal en España requerido se deberá justificar con un certificado de residencia, expedido por la Comisaría de Policía, cuando no se pueda deducir de los datos de la fotocopia de la Tarjeta de identificación de extranjero, si esta fuera aportada.

La Oficina del Censo Electoral remitirá, en los últimos días del mes de noviembre, una carta personalizada a los ciudadanos que reúnan las condiciones establecidas, con sus datos personales y de residencia preimpresos.

Las solicitudes podrán ser presentadas directamente en los ayuntamientos. En este caso, en el Ayuntamiento se comprobará la identidad del solicitante y que este aporta la documentación exigida, se cumplimentará la diligencia que consta en el modelo de la solicitud y se remitirá a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.



La solicitud de inscripción se podrá realizar por Internet, o por correo postal, sin franqueo, siguiendo las instrucciones de la carta, sin que la persona necesite acudir al Ayuntamiento.

En el caso de que la Oficina del Censo Electoral no haya podido comprobar la vigencia del permiso de residencia, lo indicará en la carta al interesado, que podrá realizar la solicitud firmando la comunicación recibida y remitiéndola por correo postal, sin franqueo, aportando fotocopia de la Tarjeta de identidad de extranjero en vigor o certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía. Si no llega la carta y cumple las condiciones antes mencionadas, puede dirigirse al Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Leganés, donde le informaran y le facilitarán los impresos de solicitud de inscripción.

El plazo de presentación de solicitudes es del 1 de diciembre de 2010 al 15 de enero de 2011, una vez pasado el plazo, las personas no inscritas no podrán votar en las elecciones de Mayo del 2011



FORO DE LA CONVIVENCIA DE LEGANES.

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